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El terreno donde se aplica la norma
En 2017 dirigí la Dirección de Derecho Operacional, Derechos Humanos y DIH del Departamento Jurídico Integral del Ejército. De allí salieron los Lineamientos de Comando «Bicentenario», que el Comandante de la Fuerza expidió en 2019. El primero de sus tres bloques no imparte órdenes: describe el terreno. Sin esa descripción, lo que viene después no se entiende.
Los fundamentos clasifican los factores de inestabilidad en económicos, armados y sociales. Narcotráfico, extracción ilícita de minerales, contrabando, extorsión y secuestro; grupos armados organizados y delitos transnacionales; migración irregular, interferencia al proceso de restitución de tierras, afectación a líderes sociales y al medio ambiente. Es un inventario, no una consigna, y sirve para saber contra qué se planea.
El bloque recoge también los propósitos del Comandante, y uno de ellos ordena el resto: que el comandante entienda que la presencia del asesor jurídico es fundamental en la preparación, el planeamiento, la ejecución, el seguimiento y la evaluación de las operaciones, y de vital importancia para su propia protección. Escrito así, el asesor deja de ser un obstáculo y pasa a ser parte del dispositivo.
La educación jurídica no empezó allí y el documento lo reconoce: viene de los años noventa, del plan del Comando General construido sobre la propuesta del Comité Internacional de la Cruz Roja, y se integró a la doctrina y a los currículos con la Directiva 800-04 de 2003. Dejar constancia de esa línea me pareció necesario, porque una doctrina que se presenta como fundacional cada cinco años no se sostiene.
Cierra con el soldado y su seguridad jurídica, con los grupos de especial protección constitucional y con el seguimiento en dos niveles. El orden no es casual: primero el terreno, después el hombre que va a operar en él y sólo al final la medición. Poner la medición primero es una tentación permanente y, a mi juicio, casi siempre un error.