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Para qué se emiten unos lineamientos
El bloque más corto de «Bicentenario» es el de objetivos: cinco, en una página. Escribir cinco líneas que resistan tres años de aplicación cuesta más que escribir treinta páginas de fundamento. Cada palabra que sobra en un objetivo se convierte después en una discusión de competencia entre dependencias.
El primero fija criterios de educación, instrucción y entrenamiento en derechos humanos, derecho internacional humanitario y derecho operacional, y añade una cláusula que hace todo el trabajo: bajo un enfoque diferencial según el ambiente operacional. No se instruye igual a una unidad de frontera que a una urbana, y pretender lo contrario produce cursos que nadie recuerda cuando hacen falta.
El segundo lleva el derecho operacional a las cinco fases de la operación —preparación, planeamiento, ejecución, seguimiento y evaluación— y no sólo a la última. Sigue siendo el punto más difícil de cumplir. Un concepto jurídico pedido después de los hechos ya no es asesoría: es defensa.
El tercero manda establecer los lineamientos para el diseño de las reglas mínimas operacionales que las unidades deben atender. El cuarto se ocupa de los grupos de especial protección constitucional. El quinto compromete a la Fuerza con la defensa jurídica del Estado y con la defensa técnica de sus propios integrantes. Los dos últimos miran en direcciones distintas y ambas obligan.
Un objetivo no es una aspiración: es lo que después se mide. Por eso son cinco verificables y no una lista larga y decorativa. Si algo de aquel documento puede juzgarse con justicia años más tarde, es precisamente esa página.